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“No sin mi consentimiento”, la prueba de alcoholimetría no puede ser puerta de vigilancia laboral

Cuando en una faena el capataz pide que se “sople aquí” sin más, no sólo se está midiendo la cantidad de alcohol en el aliento, se está midiendo la dignidad. Frente al Radicado 47594 del Ministerio de Trabajo, el empleador no puede convertir la alcoholimetría en un instrumento de control masivo sin consentimiento informado y salvaguardas claras. 

Por: Mayra Restrepo Sabaleta.


Un domingo cualquiera, una prueba que rompe la rutina

Recuerdo la historia (que podría ser la de cualquiera): Andrés termina la jornada, cansado, y al entrar a la noche lo detiene el supervisor. “Hay que hacer la prueba”, le dicen. Andrés, sorprendido, pregunta por qué; no le explican; le muestran un artefacto y le piden que “sople”. Ese gesto —tan corto en tiempo— rompe algo más profundo, la sensación de ser tratado como una persona con derechos. Esa escena resume el peligro real: la prueba puede convertirse en humillación o en evidencia técnica, según quién la aplique y bajo qué reglas.

No sin mi consentimiento: la norma y la dignidad van juntas

El reciente Radicado 47594 coloca bien el foco, la alcoholimetría involucra datos sensibles de salud y, por tanto, exige consentimiento informado y previo, salvo excepciones estrictas. No es una propuesta, es una exigencia de dignidad. Pretender normalizar pruebas indiscriminadas bajo el paraguas del “control” es transformar la obligación de proteger la vida en pretexto para la vigilancia cotidiana. Y la dignidad, como sabemos, no se negocia en las puertas de la planta.

Sí, existen escenarios donde la medida puede aplicarse sin demora —un conductor de tractomula en maniobra de carga, una operación con sustancias peligrosas donde un descuido puede costar vidas—. Pero estas excepciones no pueden ser genéricas ni automáticas. Deben cumplir tres reglas mínimas: riesgo verificable e inmediato, proporcionalidad de la medida y registro fehaciente del porqué de la prueba. Si falta alguna de esas condiciones, estamos ante un abuso, no ante prevención.

Además de ello, hay que tener en cuenta que, un dispositivo mal calibrado o un procedimiento manejado por un supervisor sin formación médica pueden dar resultados que son fáciles de desmontar en tribunales; lo que no resulta sencillo, una vez realizado un mal procedimiento, es restablecer el buen nombre, la dignidad y la honra del trabajador que fue estigmatizado. El Radicado lo recuerda: quien toma la prueba debe ser personal de salud calificado, los equipos deben estar certificados y existir trazabilidad. No sólo para proteger al trabajador, también para proteger a la empresa de decisiones precipitadas que acaben en demandas y conflictos.

La negativa no es boleto directo al despido

Imaginemos que un trabajador se niega. ¿Debe ser despedido de inmediato? No. La negativa merece un tratamiento ponderado: investigar, documentar, ofrecer alternativas razonables (contraprueba, observación médica) y, sólo en escenarios de riesgo inminente y comprobado, valorar sanciones proporcionales. Convertir la negativa en causal automática de despido sería transformar la excepción en norma punitiva.

Un reglamento interno no puede vulnerar la Constitución. Sí, las empresas pueden establecer protocolos acordados y necesarios para mantener la seguridad, pero esos protocolos deben ser negociados o, al menos, socializados con la representación de los trabajadores. Si un reglamento impone pruebas indiscriminadas, el sindicato tiene la posibilidad y el deber de impugnarlo, la norma interna no es escudo para vulneraciones.

Volvamos a Andrés, si la empresa hubiese tenido un protocolo claro, si el supervisor hubiese explicado por qué, si el aparato estuviera calibrado y la prueba la hubiera tomado personal idóneo, la escena habría sido otra. No todo control es abuso; no toda prevención es vigilancia. El problema surge cuando la facilidad técnica sustituye al diálogo y el aparato se convierte en vara de castigo.

El Radicado 47594 nos entrega una brújula ética y jurídica, priorizar la dignidad sin renunciar a la protección. Como sindicalistas y trabajadores, no podemos aceptar reducciones simplistas. Debemos exigir prevención eficaz, procedimientos técnicos impecables y —por encima de todo— respeto por la persona.

Si hay algo que convoca a la acción, es esto: reclamar protocolos negociados, visibilizar abusos y construir prácticas que hagan del trabajo un espacio seguro sin convertirlo en una vitrina de control. Porque proteger la vida nunca debe ser excusa para despojar la dignidad.


Mayra Restrepo Sabaleta

Comunicadora social/Periodista de la Universidad de Antioquia. Especialista en comunicación organizacional de la Universidad Pontificia Bolivariana. Con 9 años de experiencia dirigiendo estrategias de comunicación pública y campañas educomunicativas, 3 años coordinando proyectos de Cooperación Internacional y con experiencia como educadora en procesos no formales para trabajadores y trabajadoras.

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